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INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE UN RESGUARDO DE INSCRIPCIÓN PROVISIONAL PARA LA OBTENCIÓN DEL PEDIGRÍ DEFINITIVO
1.-Comprobar los datos del justificante de inscripción provisional y la firma del criador.
2.-Rellenar el justificante de inscripción provisional con los datos del nuevo propietario y firmar el mismo.
3.-Adjuntar fotocopia del microchip o del tatuaje. El microchip lo pondrá el personal facultativo
apropiado. El número de tatuaje es el mismo que el número del justificante de inscripción provisional en el libro de orígenes,
perforar el justificante con la prueba de la máquina tatuadora sin tinta y firmar la persona
autorizada. Consultar casos especiales.
4.-Remitir esta documentación a la Sociedad Canina o a la Delegación correspondiente cuyos datos están en el justificante
provisional. La identificación es obligatoria por ley antes de los tres meses de edad del animal o antes de treinta días de su adquisición al criador por parte del nuevo propietario.
5.-El importe de la tramitación a pedigrí definitivo asciende a
30 € que se pueden hacer efectivos por talón nominal, giro postal o
ingreso en cuenta 2077.0374.80.1109874767
si lo prefiere se le puede remitir contra reembolso cargándole los costes del mismo, en cualquier caso especificar remitente o aportar justificantes.
6.-Para cualquier duda o aclaración contactar con la Sociedad Canina o Delegación correspondiente.
7.-Solamente cumplidos estos requisitos se dará la inscripción como definitiva en el
Libro de Orígenes
8.-Cualquier trámite debe adaptarse a lo publicado en el Real Decreto 558/2001 de 25 de mayo por el que se regula el reconocimiento OFICIAL de las asociaciones u organizaciones de criadores de perros de raza pura.
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